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Empleados. ¿Cómo disminuir las retenciones de ganancias?

Publicado el 15/07/19

Los empleados en relación de dependencia que por su nivel de sueldos, sufren retenciones en concepto de impuesto a las ganancias tienen tiempo hasta el 31/03/2019 para informarle a sus empleadores los gastos que pueden ser deducidos del impuesto, para cerrar los números de 2018 y mitigar el impacto del impuesto en el sueldo real.

Si quien sufre la retención es jubilado y no tributa bienes personales o sólo lo hace por su casa habitación, deberá informar tal situación, para que el cómputo de la retención sea teniendo en cuenta el tope de 6 haberes mínimos y no por el mínimo no imponible del régimen general.

Esta información se carga y se envía al empleador, a través del servicio SIRADIG – Trabajador. En caso que del recálculo de las ganancias del año surja una diferencia a favor del empleador, por retenciones en exceso, las mismas deberán ser devueltas al empleador en el mes inmediato siguiente.

Por otro lado, la incorporación de la renta financiera dentro del objeto del impuesto a las ganancias agrega complejidad a las obligaciones de empleados, ya que deberán presentar una declaración jurada y pagar el impuesto resultante, por los ingresos obtenidos por instrumentos financieros, cuando la ganancia de los mismos (el interés cobrado) supere el mínimo no imponible de $66.917,91. Hay mucho por definir con respecto a este punto, pero este momento del año es ideal para ir analizando la situación de cada contribuyente y preparar la documentación, para cuando lleguen los vencimientos.

Tener la información ordenada y cumplir con las obligaciones formales respecto de este impuesto ayudan a reducir el peso del impuesto en el salario real.

Para consultas adicionales o para ser asesorados en estas cuestiones, pueden comunicarse a estudio@abrach.com.ar.