Publicado el 24/02/21
Está la idea, está el nombre, está la imagen de la marca, existe en redes sociales y tiene algunos clientes o realizó algunas ventas. Pero sigue siendo algo casero, familiar, chiquito. ¿Cómo convertir esa idea que está empezando a funcionar en empresa?
Es inevitable arrancar por AFIP, por mucho miedo que genere, porque es lo que le da entidad de empresa a ese emprendimiento que está naciendo y permite facturar, justificar los ingresos que obtenemos por el mismo.
El sistema tributario argentino plantea dos grandes opciones: el régimen general (incluyendo complejas presentaciones de declaraciones juradas de IVA y ganancias y su consiguiente pago) y el régimen simplificado, conocido popularmente como monotributo; este incluye el pago de un componente impositivo que abarca IVA e impuesto a las ganancias además de aportes al sistema jubilatorio y aportes al régimen de obra social para tener cobertura englobado, en una suma fija mensual la cual depende de la categoría del contribuyente, en base a una serie de parámetros que determinan la capacidad contributiva del emprendedor.
En la página de AFIP se pueden consultar las categorías vigentes: https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp, quedando en evidencia que por un monto relativamente poco significativo el emprendimiento está en condiciones de facturar y por lo tanto de ofrecer sus productos a clientes más grandes, con procesos de compra y pago estandarizados.
¿Cuáles son los pasos a seguir para organizar desde el punto de vista tributario a un emprendimiento naciente unipersonal?
Cumplidas esas actividades, el emprendimiento está en regla desde el punto de vista tributario y en condiciones de salir a ofrecer sus productos o servicios, con la posibilidad de facturar los mismos y de ingresar su cobro al banco, sin riesgos y sin tener que responder preguntas incómodas.
En esta etapa inicial, es interesante contar con asesoramiento profesional, para evaluar todas las opciones, para aprovechar los beneficios disponibles, evaluando legislación nacional, provincial y municipal vigente, considerando la actividad desarrollada. También se puede evaluar en esta instancia, los pasos subsiguientes para el crecimiento en cuanto a cambios de categorías, pase a régimen general o una eventual transformación en una sociedad comercial, por incorporación de socios o necesidad de limitar responsabilidades personales.
Si quieren seguir profundizando en el tema o contar cómo empezaron, los leemos en comentarios o por mail a estudio@abrach.com.ar