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Pequeños contribuyentes. Obligaciones de inicio de año

Publicado el 3/01/20

La llegada del nuevo año viene con tareas para los pequeños contribuyentes incluidos en el régimen simplificado de monotributo. 

A nivel nacional, como cada 6 meses, los monotributistas tienen la obligación de revisar los valores de los parámetros de referencia del régimen versus su nivel de actividad para cumplir con la obligación de la recategorización, que vence el 20/01/2020. Deberán revisar ingresos brutos anuales, superficie afectada a la actividad, consumo eléctrico y alquileres devengados anualmente.

Para eso, la Administración Federal de Ingresos Públicos actualizó los valores de referencia, según la tabla que se detalla a continuación: Tabla vigente Monotributo 2020 - AFIP

Cada uno deberá revisar los valores para cada uno de los parámetros de referencia en los últimos 12 meses del año y compararlos con el valor de la tabla. Si hay alguna modificación, deberá explicitarla, en el servicio web Monotributo de la página y pagará de acuerdo con la nueva categoría desde el mes de febrero. Además, actualizó los montos a ingresar, que tienen vigencia desde enero. 

A nivel provincial, por otro lado, sigue vigente el régimen simplificado, con actualización de los montos mensuales a pagar. Esta recategorización debe cumplirse antes del 31/01/2020.

Aunque los temas tributarios puedan generar temores y ansiedades, dedicarles un momento de nuestra agenda del verano, puede ayudar a despejar esos miedos y tener el camino allanado para el crecimiento. 

Para consultas adicionales o para ser asesorados en estas cuestiones, pueden comunicarse a estudio@abrach.com.ar.